Fallamos y condenamos a una semana de reclusión en la Cárcel de Papel y a asistir, posteriormente, durante un año, a clases de urbanidad y buenas maneras en la escuela de primaria de su localidad a:
Rafael Hernando, portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los diputados y diputado por Almería, por el delito tipificado en el Código Penal para Políticos, en su artículo 675 «Ataques personales a oponentes parlamentarios» apartado a) «No menospreciar a las mujeres con comentarios machistas»; apartado b) «El deber de cumplir las normas, usos y costumbres propios de los grupos humanos que manifiestan cortesía, buena educación, cultura y buenos modales»; apartado c) «El deber de no levantar falsos testimonios y mentiras».
Al no cumplir con el apartado a) al atacar a su oponente en sede Parlamentaria, Pablo Iglesias, con la frase:«Hay quien dice que estuvo mejor la señora Montero que usted, pero no diré yo esto porque si no, no sé que voy a provocar en esa relación»
Al no cumplir con el apartado b) al atacar a su oponente en sede Parlamentaria, Pablo Iglesias, con un estilo faltón, grotesco y denigrante.
Al no cumplir con el apartado c) al atacar a su oponente en sede Parlamentaria, Pablo Iglesias, con falsos testimonios y mentiras, como: «…que haya alguno que se ha dejado corromper por el chavismo dejándose convencer por el señor Maduro y a ustedes les han comprado hasta los de Irán, que les han financiado en La Tuerka y Fort Apache», cuando la Justicia no ha encontrado nada punible.
El Fiscal probó, en su acusación, que el señor Hernando menospreció con un comentario machista a la señora diputada Irene Montero, sin que cupiera otra interpretación; también probó, con el visionado del video de la intervención del señor Hernando, que el susodicho diputado utilizó en su intervención un estilo faltón, grotesco y denigrante; probando, además, los falsos testimonios y mentiras que vertió el señor Hernando con respecto a la acusación al señor Iglesias de corrupción por el chavismo y de haberse dejado comprar y financiar por Irán, dado que la Justicia, en su día, no encontró nada punible, archivando todas las denuncias que le presentaron.
SENTENCIA
Este Tribunal supone que puesto que a todos nos enseñaron en la escuela urbanidad y buenas maneras, el señor Rafael Hernando algo habría aprendido. Sí no es así, en la Cárcel de Papel se pondrá a disposición del reo un profesor cualificado que le enseñe urbanidad y buenas maneras con el Manual de Urbanidad y Buenas Maneras de D. Manuel Antonio Carreño, así como otro profesor que le enseñe el octavo mandamiento que dice «No dirás falso testimonio ni mentirás».