
A punto de finalizar la primera mitad del XVIII, el ilustre barón de La Brède, publicaría El espíritu de las leyes, una de las obras más referenciadas desde ese momento. Para entonces, Montesquieu ya había comenzado a aguijonear las conciencias de sus contemporáneos porque años antes, por ejemplo, ya había despachado con alegría sus deliciosas y corrosivas Cartas persas en las que un atónito viajero asiático manifestaba su extrañeza ante los comportamientos europeos. Pero no quiero seguir por este camino, que acaso ya tan sólo interese a unos pocos y extraños nostálgicos…
Me gustaría referirme a la obra publicada en 1747 y muy pronto condenada por la Iglesia. Y a un aspecto que políticos, tertulianos –y no sé si a estas alturas es lo mismo-, leguleyos y gente que pasa por ahí no cesan de repetir y subrayar hasta la extenuación. Como se habrá adivinado quiero reflexionar puntual y brevemente sobre la tesis más recordada de la obra: la que apunta a la necesidad de la independencia de los tres aparatos que debieran regir la sociedad. Es sabido que el noble bordelés propuso la constitución de tres poderes que habrían de respetar la autonomía de los otros poderes y su independencia en el orden establecido: legislativo, ejecutivo y judicial… Así lo expone en un brevísimo capítulo que casi convierte en inexplicable los ríos de tinta que ha hecho correr y las infernales disputas que ha provocado. Nada de inmiscuirse en el reino del otro poder: cercanos sí, pero paralelos.
Confío que ahora se entienda por qué meditar en estos momentos sobre el asunto puesto que estamos siendo atronados por los comentarios escandalizados ante las intromisiones del ejecutivo en el judicial, por ejemplo, de las que los casos Urdangarín-Infanta Cristina, Rato-Blesa, Bárcenas y quien Dios le dé a entender, Correa-Crespo, etc, parecen ser claros ejemplos. Habría tantos juicios que citar que necesitaría un tomo de la Larousse para por fin respirar tranquilo. No deseo valorar lo que me provoca este espectáculo que, sin embargo, ni me resulta extraño ni, desde luego, excepcional, sino permitirme plantear algunas breves cuestiones que me gustaría contribuyeran a aclarar algún asunto puesto que entiendo que las confesiones espontáneas de unos y otros, las argumentaciones confusas de muchos y el despiste generalizado no sirven de mucho. Como entiendo que también pertenezco a la ciudadanía escandalizada me limitaré a presentar lo más fríamente posible lo que pienso al respecto.
En primer lugar, la sorpresa se alimenta con mucha frecuencia por la observación de que se está amenazando la independencia del poder judicial, sobre todo, que soñara con alegría nuestro añorado barón de la Brède. Ahora bien, sólo se violentaría la misma en el caso de que hubiera sido norma generalizada y no universal aspiración de los dedicados a tareas judiciales, tan empeñados en defender su rigor de justeza como el sacerdote al que se refiriera el joven Hegel y que abunda en su autoridad en virtud de la parafernalia de vestimentas y de los actos litúrgicos a los que debe asistirse arrodillado y entregado a la fácil emoción sin que el oficiante entre en la verosimilitud del objeto de sus prédicas. En fin, lo preguntaré directamente: ¿cuándo existió la independencia de poderes? No me pregunto cuando no se sintió la misma, sino en qué momento de la modernidad el deseo de las instancias judiciales se equiparó a su realización material, histórica –si se quiere-. Más claramente: ¿cuándo existió como norma la independencia de los poderes –del legislativo en relación al ejecutivo, y de éste contemplando las derivas del judicial?
Aquí parece complicarse el análisis. Porque Montesquieu, admirador de la Inglaterra de las libertades políticas, no podía ser ni notario de lo ocurrido ni adivino de lo porvenir. Respecto a lo ocurrido en su referente político, bastaría apuntar que los dos grandes idearios que se abrieron paso antes de la Gloriosa, los de Winstanley y Harrington, explicitados respectivamente en La ley de la libertad y en Océana, fueron dedicados ambos al Gran Dictador, al gran Señorío de Cromwell invitando así y queriendo justificar la dedicación gubernamental –legislativa y ejecutiva- al control del judicial. Ah, qué tiempos aquellos… Pero me parece más ilustrativo lo que ocurrió en la Francia revolucionaria que es, al fin y el cabo, el espejo ejemplar en el que nos hemos mirado y que inspiró los fuertes avances de la reordenación política europea.
Pues bien, no puede ignorarse que en los primeros meses posteriores a julio-89 se llevó a cabo una limpieza sacramental de los vestigios del Antiguo Régimen. También en el horizonte de la justicia podemos vislumbrar una demolición absoluta de lo existente. Demolición significa destruir para construir –de lo contrario, todo es inútil y absurdo-. El valioso texto Histoire… de la RV lo deja muy claro en su entrada “Justice”: “todo el edificio judicial del Antiguo Régimen es destruido por la Constituyente”. Es innegable: los procesos legislativo y judicial se depositan en la voluntad de la multitud. ¿Pero qué ocurre luego? Lo sabemos… Con la instauración del gobierno jacobino algo cambia –y no lo olvidemos: el imaginario jacobino nos sigue jugando malas pasadas-. Leo en el citado Historie…: “después del 18 del Fructidor, los jueces dejan de ser elegidos para ser nombrados por el gobierno”. Punto final –que podría haber sido el comienzo de los reales comportamientos democráticos-: el ejecutivo legisla, en una extraña pirueta, que él es el orden legislativo-judicial. No nos asombremos: Montesquieu fue guillotinado entonces, aunque el diputado Alfonso Guerra decretara hace años, con atlética solemnidad, que Montesquieu había muerto entonces, en aquella legislatura. Nada de nada: Montesquieu nunca creció… Y el jurista Robespierre esculpía su epitafio en el discurso de la Navidad de 1793 ante la Convención: los miembros asesores del Comité de Salud Pública “serán nombrados por la Convención nacional, bajo propuesta del Comité de Salud Pública”. Punto y final.
Con lo que quiero decir, pensando fríamente, que el sueño de Montesquieu fue un gozoso delirio ya trasnochado en su nacimiento y náufrago en su intento de avanzar entre los océanos cuyas olas hacían crujir la navegación. Quiero decir que la Modernidad nunca ha contemplado la separación de poderes: la propuesta de nuestro añorado Barón jamás superó el mundo de los bienintencionados deseos de muchos miembros del aparato judicial. Y si se acepta mi sospecha referida a la vinculación entre ejecutivo-judicial podrán entenderse algunos de los acontecimientos que nuestro país está viviendo –y Francia, y Alemania, y, ay, pobre de ti, Italia…-. Es la segunda cuestión con la que deseo importunar.
Y es que si el orden judicial tiene que asumir la aplicación de las leyes remitidas por el ejecutivo, el primero de los órdenes citados siempre se comporta de manera coherente excepto en momentos de irrisión y payasismo. Quiero decir: el aparato judicial es un instrumento para vigilar la aplicación de las leyes que él mismo no ha promulgado pero que tiene la obligación de hacer cumplir. Por esto mismo, los jueces –diríamos de entrada- siempre tienen razón. Ya sé que es impertinente escuchar esto –pero también escribirlo-, máxime cuando en esta última semana hemos podido considerar justificaciones tan estúpidas como que los condenados en el caso Rato-Blesa no deben ingresar en chirona debido a su comportamiento intachable durante el juicio –faltaría más: no iban a acudir en meyba y con chupachups a la sede judicial- y a que no existe riesgo de fuga –cuando, si les soy sincero, habiendo robado millones de euros y con riesgo de capital, en mi caso, a la Antártida con mi gato y mis amigos-. Con lo que puede deducirse que, contra lo que piensa gran parte de la ciudadanía, los jueces administran bien y que el problema es que los códigos en que se amparan son absolutamente absurdos, ineficaces y fantasmagóricos. Ellos son obedientes, sí, pero a lo que dicta el ejecutivo –que parece dirigir el legislativo.
En consecuencia, el problema es qué puede hacer la ciudadanía escandalizada hasta sentir que es escarnecida. Entiendo que el problema no radica esencialmente en el orden judicial. Digámoslo con claridad: los legisladores debieran dictar con sentido común y con criterio abierto hacia lo que ocurre a su alrededor el conjunto del articulado legal. Naturalmente, el problema se desliza entonces hacia el pensamiento de conformar un legislativo eficaz que atienda a las exigencias de la sociedad civil. O dicho de otra forma, sólo cuando el legislativo atesore el capital de la sociedad civil podremos comenzar a pensar en un ejecutivo desprovisto de insolencia. Para cumplir esta exigencia se requiere la renovación de los vasos comunicantes entre legislativo y sociedad civil –de la que el poder judicial debiera ser autorizado vocero-, que es el único camino para importunar los pasos a nivel que el ejecutivo propone, plantea y sanciona. Nuestro gran problema es imponer al ejecutivo las exigencias reales de la sociedad civil y, entonces, el aparato judicial absorberá lo que la sociedad civil requiere. Todo se remueve…
Acaso estemos caminando hacia la luna magnífica en la que habitará un poder judicial que obedezca, como es su obligación, al poder legislativo, fuerza de su origen. Y que, a un tiempo, simultáneamente, llame la atención al ejecutivo que podría convertirse en el peligro Allien de nuestra vida. De la vuestra… Es preciso librar una batalla sin término contra todo tipo de ejecutivo prepotente puesto que éste no debiera ser sino el mapa muy preciso del conjunto de la sociedad civil. Nuestro amigo y compañero Montesquieu dormita…
Final de su vida, ciego y enfermo. Ciegos, enfermos todos, hasta que el búho silbe en la noche, que lo hará porque es un destino.
Buenas noches, y hasta pronto.
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